Funciones

FUNCIONES BANCARIAS EN VENEZUELA

Desde la aparición de los bancos, las operaciones se caracterizan porque existen particulares quienes dan en custodia a un tercero, su dinero y/o propiedades, para que las mantengan bajo un nivel de seguridad aceptable, los depósitos; y otro grupo de personas buscaban a aquellos que custodiaban el dinero en custodia que se le otorgara en préstamo, esto viene a configurar la operación bancaria del crédito, base del desarrollo del moderno trafico bancario.
Las funciones bancarias están dadas para cubrir una necesidad de seguridad y respaldo para el dinero de particulares y personas jurídicas, además facilitar el manejo del mismo.
La actividad bancaria venezolana debe actuar de conformidad a las disposiciones de la legislación vigente:  Banco Central de Venezuela, La Comisión Nacional de Valores, Ley General de Bancos y otras Instituciones de Créditos, Superintendencia de Bancos y otras Instituciones Financieras (SUDEBAN), Fondo de Garantía de Depósitos y Protección Bancaria (FOGADE),Consejo Bancario Nacional, Asociación Bancaria Nacional, y la recientemente aprobada  el 28 de diciembre de 2.010 la Ley de Instituciones del Sector Bancario, en la que se establece el marco legal para la constitución, funcionamiento, supervisión inspección, control, regulación, vigilancia y sanción de las instituciones que operan en sector bancario venezolano.
Las funciones bancarias principales son las intermediación, operaciones de crédito, encaje legal, y operación de mercado abierto, con las limitaciones previstas en las leyes.
Intermediación
Recibir depósitos para luego otorgar créditos y realizar inversiones en activos financieros con los recursos captados. Deben custodiar dichos fondos, pagar el rendimiento representado en intereses y devolverlos cuando los requieran los depositantes.
Operaciones De Crédito
Es la operación realizada con el producto excedentario o de ahorro de los recursos que los bancos receptores de los activos financieros se convierten en deudores de los clientes que los depositan; y estos a su vez se convierten en acreedores de aquellos. Conceden préstamos a otros clientes, por estas actividades los bancos, cobran a cambio intereses  de estas operaciones, constituyéndose en la fuente primordial de sus ingresos.
Encaje Legal
Es un depósito que los bancos deben realizar obligatoriamente al Banco Central para que éste pueda asegurar la existencia de fondos en efectivo a los bancos comerciantes, para enfrentar, cuando lo necesiten, el retiro de grandes volúmenes de efectivo por parte de cuentahabientes.
Con la característica, de que en el caso que estas obligaciones generen intereses, éstos son libres de impuestos para los entes financieros.
Según la Resolución del BCV 02.03.03 Gaceta Oficial N° 37.417 de fecha, 05/04/02 : Artículo 2°.- "El encaje correspondiente a un porcentaje de los depósitos, captaciones, obligaciones u operaciones pasivas sujetas a encaje ordinario conforme a lo previsto en la presente Resolución, podrá devengar una tasa de interés equivalente a la tasa pasiva promedio ponderada pagada por los depósitos de ahorro y a plazo fijo por los bancos comerciales y universales durante la semana inmediatamente anterior a la de la constitución del encaje."
Periodicidad: Semanal
Oportunidad: Cuatro (4) días hábiles después de finalizada la semana de referencia
Indicador: Tasa nominal anual promedio ponderada (TP)

Fórmula de cálculo del Encaje Legal, determinada por el Banco Central de Venezuela

Ti: Tasa nominal anual pactada en la operación i-ésima
Mi: Monto pactado en la operación i-ésima
N: Número de operaciones pactadas en el período de referencia


Operación de Mercado Abierto (Open Market)
Procedimiento mediante el cual el Banco Central de Venezuela efectúa operaciones de compra o venta de títulos-valores en el mercado abierto con Color el objeto de instrumentar una determinada política monetaria.
Instrumento utilizado para expandir o contraer el monto de reservas del sistema y, por ende, la oferta monetaria.